La Licencia de Construcción es el acto que consta en el documento expedido por el Ayuntamiento, en donde se autoriza a los propietarios, poseedores o personas morales, según sea el caso, para construir, ampliar, modificar, cambiar el uso o régimen de propiedad a condominio, reparar o demoler, una edificación o instalación.
Para la obtención de la licencia de construcción, se requiere entregar por escrito la solicitud correspondiente, por el propietario, poseedor o persona moral, la que, en su caso, deberá contener la responsiva de un Director Responsable de Obra y/o Corresponsable, según le requiera. Además, deberá cumplir con los requisitos siguientes:
REQUISITOS:
- Formato de Licencia de Construcción, debidamente rellenado con la información requerida y con firma autógrafa del solicitante y propietario.
- Copia de la Escritura Publica o documento que ampare la propiedad del predio.
- Copia de la credencial de elector (INE) del propietario. Cuando el solicitante no sea propietario deberá presentar una carta poder debidamente requisitada.
- Copia de la Boleta Predial al corriente de pago.
- Copia de la Constancia de Alineamiento y No. Oficial vigente.
- Copia de la Factibilidad de Uso de Suelo vigente.
- Oficio de Asignación de Obra emitido por el Colegio de profesionistas correspondiente y Copia del Registro del Director Responsable de Obra vigente.
- 1 Juego original (*) de planos del proyecto en formato 60×90 cm a escala legible, para su revisión, contenga lo siguiente.
- Proyecto Arquitectónico (Plantas, fachadas y cortes).
- Proyecto Estructural, con detalles constructivos estructurales, acompañado de su memoria de calculo y estudio de mecánica de suelos.
- Plano de instalaciones eléctricas, con su diagrama unifilar y memoria de calculo.
- Plano de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias.
- Para facilitar la revisión del proyecto para edificación, se recomienda entregar copia digital del proyecto.
- Dictamen positivo de la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable del Municipio de Centla (En su caso).
- Dictamen del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), en caso de que el predio se ubique dentro del polígono del Centro Histórico de acuerdo al Decreto No. 22988 de fecha 16 de junio de 2007.
(*)Una vez aprobado el Proyecto, se deberá entregar otro juego de planos original.
INDICACIONES PARA PLANOS
Los planos de construcción deberán contener la siguiente información como mínimo: Croquis de localización de la Construcción, orientación, simbología y especificaciones de construcción, cuadro de superficies de construcción y propietario. En el pie de plano, se deberá dejar un especio libre de 10×15 cm. para firmas y sellos de la autorización de la licencia. Los planos deberán venir firmados por el Director Responsable de Obra (D.R.O.) y corresponsable en su caso.
FUNDAMENTO LEGAL
Articulo 78 del Reglamento de Construcciones del Municipio de Centla, vigente.
Articulo 15 Incisos XII y XIII de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial.
Derechos por la Emisión de Licencia de Construcción. Para Construcciones de losa de concreto y piso de mosaico o mármol, por metro cuadrado.
(Equivalencias en UMA) Habitacionales. 0.05 d.s.m.g.v. 0.09 v.d.u.m.a. No habitacionales 0.10 d.s.m.g.v. 0.18 v.d.u.m.a. Para otras construcciones por m2: Habitacionales. 0.03 d.s.m.g.v. 0.05 v.d.u.m.a. No habitacionales 0.05 d.s.m.g.v. 0.09 v.d.u.m.a.
Articulo 128 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Tabasco Vigente. Título IV Derechos Capítulo II de las Licencias y Permisos de construcción.