El Director Responsable de Obra esta obligado a manifestar por escrito al Ayuntamiento, la terminación de las obras ejecutadas bajo su dirección, en un plazo no mayor de 30 días hábiles, contados a partir de la conclusión de las mismas. En un plazo no mayor de 15 días hábiles el Municipio ordenará una inspección para verificar el cumplimiento de los requisitos señalados en la licencia de construcción respectiva y si la construcción se ajustó a los planos arquitectónicos y demás documentos que hayan servido de base para el otorgamiento de licencia.
REQUISITOS:
- Solicitud de Constancia de Terminación de Obra y Permiso de Ocupación con oficio dirigido al C. Ing. José Geovanni Guillen Ramos, Director de Obras, Ordenamiento Territorial y Servicios Municipales, con atención a la Coordinación de Ordenamiento Territorial y acompañado de formato de solicitud, debidamente rellenado con la información requerida y con firma autógrafa del solicitante y propietario.
- Copia de la Constancia de Alineamiento y No. Oficial.
- Copia de la Factibilidad de Uso de Suelo.
- Copia de la Licencia de Construcción emitida en su momento.
- Copia de la Credencial de Elector (INE) del propietario.
- Reporte Fotográfico de la Construcción al termino de los trabajos (Exterior e Interior).
- Para Obras a partir de 61 M2 de construcción, copia simple de Oficio de Asignación de Obra emitido por el Colegio de Profesionistas correspondiente y Copia del Registro del Director Responsable de la Obra vigente.
- Para Obras Tipo A y B1 según el Articulo 178 del reglamento de construcciones (a partir de 201 M2 de construcción), Dictamen de Protección Civil Municipal.
- Para Obras Tipo A y B1 según el Artículo 178 del reglamento de construcciones (a partir de 201 M2 de construcción), copia del Dictamen de Instalaciones Eléctricas emitido por la Unidad de Verificación Eléctrica debidamente acreditada ante la E.M.A.
FUNDAMENTO LEGAL
Art. 86 del Reglamento de Construcción del Municipio de Centla, Vigente.