Están obligadas a pagar el derecho por el uso, goce o aprovechamientos de inmuebles, las personas físicas y morales que usen, gocen o aprovechen las playas, la zona federal marítimo terrestre, y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro deposito de aguas marítimas.
El Ayuntamiento, mediante Convenio de Colaboración administrativa celebrado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de julio de 2011, expedirá la Constancia de Congruencia de Uso de Suelo, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 26, Numeral IX, para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vias navegables, playas, zonas federal maritimo terrestre y terrenos ganados al mar.
REQUISITOS:
- Solicitud de Constancia de Congruencia de Uso de Suelo con oficio dirigido al C. Ing. José Geovanni Guillen Ramos, Director de Obras, Ordenamiento Territorial y Servicios Municipales, con atención a la Coordinación de Ordenamiento Territorial, en donde se especifique el uso o goce que pretende dar a los terrenos ganados al mar y zona federal marítima.
- Copia de la Escritura Publica o documento que ampare la propiedad del predio colindante.
- Plano Topo Hidrológico de la Zona Federal Marítimo Terrestre (de acuerdo con la NOM-146- SEMARNAT-Vigente), en formato 60×90 cm. con localización del inmueble.
- Copia de la Boleta Predial al corriente de pago de la propiedad colindante.
- Copia de la credencial de elector (INE), del propietario del predio colindante.
- Estar al corriente con el pago de derecho por uso goce y aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre ante el Municipio.
- Fotografías impresas de la zona federal y del predio colindante (Opcional).
FUNDAMENTO LEGAL:
Ley Federal de Derechos, Articulo 232-C, Zona I, Estado de Tabasco: Cárdenas, Centla y Paraíso, vigente. Ley General de Bienes Nacionales y su reglamento.
Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal .
Derechos por la emisión de Protección u Ornato $0.440/m2 Constancia de Congruencia Agricultura, Ganaderia, pesca $0.177/m2 Uso Acuacultura y la Extraccion artesanal de piedra bola. General $1.640/m2
Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, anexo 19, de la Ley Federal de derechos, Art. 232-C, Zona 1. Ley de Ingresos del Municipio de Centla, Tabasco para el Ejercicio Fiscal 2022.